Impuestos

Secretaría de Hacienda del Quindío amplió el plazo para cancelar el Impuesto Vehicular hasta el próximo 29 de agosto

El secretario de Hacienda del departamento del Quindío, Carlos Alberto Sierra Neira, anunció que a través del decreto 00680 de julio de 2025, la administración seccional modificó el decreto 1410 de diciembre de 2024, que regula el actual Calendario Tributario, y amplió el plazo para cancelar el Impuesto sobre Vehículos Automotores – ISVA, estableciendo como nueva fecha el 29 de agosto del presente año 2025.

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Gobernación del Quindío informa que este viernes 18 de julio vence el plazo para cancelar el Impuesto Vehicular pague a tiempo y evite sanciones

El secretario de Hacienda del gobierno del Quindío, Carlos Alberto Sierra Neira, invitó a todos los usuarios del Impuesto Vehicular que tienen esta obligación con la administración departamental, a cancelarla antes de que expire la fecha límite para el pago de la misma, lo cual es el próximo viernes 18 de julio.

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Contribuyentes de Armenia, conozcan el calendario tributario 2025 para el pago del impuesto Predial Unificado

De acuerdo con la Resolución 1754 del 18 de diciembre del 2024, la Secretaría de Hacienda revela la fecha clave para que los contribuyentes paguen sus declaraciones de rentas. Según el Estatuto Tributario Municipal, el plazo para la presentación de la declaración y pago del impuesto sobre el Predial Unificado y su complementario liquidado por el año gravable 2025, deberá ser cancelado en único pago a más tardar el 27 junio de 2025.

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Aprobado en primer debate en el Concejo el proyecto que autoriza al alcalde de Armenia a asumir compromisos con cargo a vigencias futuras excepcionales

Buscando garantizar la continuidad y prestación con calidad y eficiencia del servicio de alumbrado público en la capital del Quindío, fue aprobado en primer debate (comisión de presupuesto), el proyecto de acuerdo “por medio del cual se autoriza al alcalde del municipio de Armenia – Quindío, para asumir compromisos con cargo a vigencias futuras excepcionales”.

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