Causa justa sobre la despenalización del aborto en Colombia

aclaró que, en atención a sus funciones, su labor consistió en emitir un concepto jurídico.

Sin embargo, el Ministerio de Justicia, respecto a la solicitud de nulidad del fallo que despenalizó el aborto hasta la semana 24, aclaró que, en atención a sus funciones, su labor consistió en emitir un concepto jurídico y fue precisamente lo que hizo.

Este viernes fue un día muy movido para la garantía de los derechos sexuales y reproductivos en el mundo. En primer lugar, en Estados Unidos, la Corte Suprema revocó un fallo que protegía el derecho al aborto en todo el país, mientas que en Colombia, el Ministerio de Justicia cuestionó el fallo proferido en febrero de este año, con el que se despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 24 de gestación.

 

Ante el cuestionamiento del Gobierno nacional, el Movimiento Causa Justa, que promovió la despenalización del aborto en Colombia, salió a cuestionar la petición realizada por el Gobierno de Iván Duque. Mariana Ardila, vocera de Causa Justa, le dijo a El Tiempo, que, en su criterio, esas solicitudes no tienen sustento jurídico.

le dijo al medio de comunicación.

El documento emitido por el Ministerio de Justicia señala que ninguna instancia nacional o internacional puede definir cuál vida proteger y cuál no. dice el documento oficial.

La vocera del movimiento ciudadano, en su charla con el periódico colombiano, aseguró que la inconformidad del Gobierno nacional se debe a que es decir, entre la semana 13 y la semana 24 de embarazo”, agregó Causa Justa.

Sin embargo, el Ministerio de Justicia, respecto a la solicitud de nulidad del fallo que despenalizó el aborto hasta la semana 24, aclaró que, en atención a sus funciones,

 

La cartera judicial dejó claro que no lidera ninguna solicitud, pues simplemente esta rindiendo un concepto y apoyando la iniciativa en cabeza de un grupo de ciudadanos, profesores de la Universidad de la Sabana, quienes son responsables por la acción de nulidad.

El ministerio concuerda en que existe cosa juzgada respecto de la sentencia C-355 de 2006, que había estudiado previamente el tema del aborto y estableció su procedencia en tres casos y enfatizó que no es el autor de la solicitud de nulidad del fallo de tutela que despenalizó el aborto en febrero de 2022 hasta la semana 24.

 

Respecto a la sentencia C-355, Ardila agregó que sí había razones de fondo para emitir un nuevo pronunciamiento sobre el asunto y que, contrario a lo que dicen quienes ahora piden la nulidad, no se incurrió en una violación al debido proceso ostensible que haga necesario reversar el fallo, sentenció en la entrevista con

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