De conformidad con lo dispuesto en los artículos 446 y siguientes de la Ley 906 de 2004, el Juzgado Quinto Penal del Circuito, emitió sentencia en contra del ciudadano Juan Ricardo Medina Salcedo, por el delito de acoso sexual, artículo 210A del Código Penal, luego de agotarse la práctica de pruebas, y haberse emitido sentido de fallo condenatorio.
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En mérito de lo expuesto, el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Armenia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley,
La sentencia condenatoria fue apelada y sustentada por la defensa, luego entonces, corresponde ahora resolver a La Sala Penal del Honorable Tribunal Superior del Quindío.
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