El caso de Petro y Sandra Paola ninguna relación tienen, Procurador Carrillo, (VER VIDEO)

En el programa la Noche de NTN24 se le preguntó al Procurador General de la Nación sobre el fallo de primera instancia contra la exgobernadora del Departamento del Quindío Sandra Paola Hurtado Palacio

La Noche: Que tan grave fue lo que la PGN encontró?

‘’ Ha sido una Procuraduría Delegada la que estaba al frente, yo tengo que respetar también las decisiones de quien tiene total autonomía para tomarlas y vendrán otras instancias de apelación, de hecho esa decisión ya ha sido recurrida, pero de nuevo el patrón tiene que ver con la contratación pública que es lo grave que se presenta en este conjunto de situaciones y tiene que ver además con la necesidad de demostrarle a la ciudadanía y ahí insisto en la capacidad de denuncias, aquí ha habido denuncias de la sociedad civil, de veedurías ciudadanas, incluso de personas que están hoy en el gobierno de ese departamento, que están prácticamente maniatados por lo que sucedió en el pasado,  porque toda la contratación quedó monopolizada en determinadas manos, eso por supuesto lo estamos documentando, hay un acervo probatorio muy fuerte, pero aquí lo clave es enviarle el mensaje a la ciudadanía, que todas esas prácticas que se volvieron habitúales y comunes es posible combatirlas desde el ángulo disciplinario, y sobre todo  todas desde el ángulo del control social, porque la ciudadanía cada día más se está levantando contra este tipo de manifestaciones  y de hecho, pues, me imagino, en estos procesos que vienen, pues habrá oportunidad de que la gente se manifieste en este sentido’’.

L N: Quien decidirá la segunda instancia?

será la Sala Disciplinaria la encargada de ese fallo’’

L N: Es una persecución política en contra de la exgobernadora del Quindío?

yo creo que es un argumento tan poco serio, basta ver la solidez de la argumentación, de la actuación de nuestra Procuradora Delegada la que ha tomado esa determinación, no solo es una gran experta en derecho disciplinario, es una persona íntegra en el sentido de la palabra como para poner entredicho, su honorabilidad y su ética que ha sido una de las banderas que   precisamente hemos tratado de recuperar en esta procuraduría, porque yo creo que lo que hay detrás de todo esto, es eso, ha habido patrones de comportamiento en Colombia, en donde la ética pública y la ética ciudadana no importa, más bien ha  habido conductas reiterativas que se convierten en la costumbre, que eso es lo que estamos tratando de impedir y esa es una gran función que tiene la Procuraduría desde el punto de vista preventivo, de los mensajes que hay que enviarle a la gente, de que aquí las cosas en materia de corrupción si pueden cambiar, de hecho nuestras competencias están en este momento desempeñándose y los resultados que estamos mostrando en este año apuntan fundamentalmente, nos tocó como una especie de invierno de corrupción que nosotros estamos tratando de transformar en un verano de ética pública, para demostrar que en Colombia si se puede hacer política con las manos limpias’’.

L N: El sistema interamericano dice que ningún funcionario público elegido por votación popular podrá ser destituido por acción disciplinaria, que tiene que ser por una acción  judicial:

‘’Es una decisión que hemos tomado además con toda la tranquilidad y la seguridad absoluta que estamos obrando correctamente y con el respaldo y con el respaldo del sistema interamericano de derechos humanos… los argumentos tradicionales por ejemplo, de que no se podían destituir o suspender los derechos políticos de una persona electa popularmente, por una autoridad como la Procuraduría, tiene una excepción grandísima y es cuando se trata de actos o hechos de corrupción y eso lo fue lo que ratificó nuestro Consejo de Estado en la decisión en donde echó para atrás la sanción en el caso del exalcalde Petro, porque una cosa es un error que se cometa en una decisión de política pública, que eso no es un acto de corrupción, así lo dice el Consejo de Estado, y otra cosa son actos o hechos de corrupción y nosotros tenemos perfectamente documentado, incluso fue uno de los grandes argumentos de nuestra Procuradora Delegada en que los actos o hechos de corrupción en materia de contratación pública, le entregan plenos poderes a la Procuraduría General de la Nación, aquí no estamos siendo arbitrarios aquí no hay fundamentalismo de ninguna naturaleza sino una decisión en derecho… yo no dependo del señor Presidente de la República, yo tengo completa autonomía Constitucional, con capacidad sancionatoria … y yo no voy a permitir que se lesionen las potestades disciplinarias, cuando además estamos seguros que más adelante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, si va a ser necesario, nos va a dar la razón, porque por el momento tenemos es una decisión, que le hemos explicado a la Comisión en el sentido de que Colombia no puede bajar la guardia en sus herramientas fuertes de lucha contra la corrupción ’’

L N: Definitivamente el caso de Petro y esta exgobernadora no son iguales?

‘’Ninguna relación tienen, exactamente, porque lo que hay que hacer es demostrar que había actos o hechos de corrupción, que fue precisamente lo que hizo nuestra Procuradora Delegada en este proceso’’

Video: Quindío Sin corrupción

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