y el sacrificio de los mismos cuando se obre en legítima defensa. En un concepto allegado a la alta Corte, el Ministerio Público solicitó que no se permita la mutilación de los seres vivos para la producción y elaboración de cosméticos.
argumentó la Procuraduría.
La Corte Constitucional estudia una demanda presentada por los ciudadanos quienes buscan hacer ajustes al Estatuto Nacional de Protección de los Animales. Entre los cambios, que por razones estéticas ya no se permita en Colombia la mutilación de animales, situación que está avalada por razones técnicas, científicas, zoo-profiláctica y por piedad.
La Procuraduría se sumó a la súplica y agregó que la mutilación por razones estéticas concibe a los animales como
Por otro lado, los demandantes piden que se sancione el sacrificio de un animal cuando se obre en legitima defensa propia o de un tercero, ello porque los ataques provienen de seres cuya voluntad no es determinable. La legítima defensa, entonces, para los demandantes, solo se configura cuando alguien se defiende de un acto contrario al Código Penal proveniente de una persona.