La Sala Quinta de Decisión del Tribunal Administrativo del Quindío con ponencia del Magistrado Luis Javier Rosero Villota ha negado en fallo de primera instancia, las pretensiones de la demanda incoada por Gilberto Zaraza Arcila en contra de la elección del señor German Barco López como Contralor del Departamento del Quindío.
La defensa del Contralor Departamental GERMÁN BARCO LÓPEZ, estuvo a cargo del destacado Jurista JAIME ANDRÉS LÓPEZ GUTIÉRREZ
Zaraza Arcila había demandado la nulidad del acto proferido por la Asamblea Departamental del Quindío, por medio del cual se declaró la elección del señor Germán Barco López como Contralor Departamental del Departamento del Quindío.
Según el quejoso, se había infringido el Ordenamiento Jurídico Superior en particular por desconocer la Ley 1551 de 2012 y el Decreto 2485 de 2014 compilado en el Decreto 1083 de 2015 titulo 6, así como los artículos 126 y 272 de la Constitución Política de Colombia, (Folio. 22).
Mediante providencia Del 31 de mayo de 2017, la demanda presentada así, se inadmitió bajo el argumento de que los actos de posesión no son susceptibles de control jurisdiccional.
En ese orden de ideas, la parte accionante subsanó las falencias advertidas y la puso de presente ante el Despacho.
El nuevo argumento tampoco prosperó.
‘’En síntesis, escuchado el concepto del Ministerio Público y acogiéndolo en su integridad, se tiene que los cargos de nulidad electoral formulados por el accionante en contra de la elección del señor GERMÁN BARCO LÓPEZ como Contralor Departamental del Departamento del Quindío, no están llamados a prosperar, por lo cual se impone para este Tribunal, negar las pretensiones de la demanda
Conforme a lo dispuesto en el artículo 188 de CPACA no procede en el presente asunto la condena en costas, toda vez que se ventila un interés público.
En mérito de lo expuesto, el Tribunal Administrativo del Departamento del Quindío, administrando Justicia, en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley,
FALLA:
1 – Negar las pretensiones de la demanda incoada por el señor GILBERTO ZARAZA ARCILA en contra de la elección del señor GERMÁN BARCO LÓPEZ como Contralor Departamental del Departamento del Quindío, por las razones expuestas.
2 – Sin condena en costas.
3 – En firme esta Sentencia, por secretaría efectúense las comunicaciones a que haya lugar y archívese el expediente, previa anotación en los libros y en programa justicia siglo XXI.
Esta providencia se discutió y aprobó conforme consta en Acta No 038 de Sala de Decisión de la fecha
NOTÍFIQUESE Y CÚMPLASE
LUIS JAVIER ROSERO VILLOTA
Magistrado
LUIS CARLOS ALZATE RIOS
Magistrado
JUAN CARLOS BOTINA GÓMEZ
Magistrado
Exclusivo www.periodismoinvestigativo.com.co