La Rama Judicial del Poder Público Tribunal Administrativo del Quindío – Sala Cuarta de Decisión, actuando como Magistrado Ponente RIGOBERTO REYES GÓMEZ, el pasado 3 de septiembre y en Sentencia de primera instancia, negó las pretensiones del demandante JOSÉ EDILBERTO BERNAL PUERTO, quien solicitaba la nulidad electoral de los cuatro Concejales del partido liberal de Armenia, elegidos para el periodo 2020- 2023.
Procede el Tribunal Administrativo del Quindío a proferir fallo de Primera Instancia, en el Medio de Control de Nulidad Electoral incoado por el señor José Edilberto Bernal Puerto en contra de los señores Cristhian Camilo Fernández Morales, Jhon Fredy Cerón Rojas, John Edison Echavarría Barreto y Jhonny Leandro Vargas Sánchez en su condición de Concejales por el Partido Liberal Colombiano en el Municipio de Armenia
El señor José Edilberto Bernal Puerto, actuando en nombre propio, interpuso demanda electoral en contra del Acto de elección de los Concejales de Armenia para el periodo 2020-2023, argumentando que el partido liberal no tenía ningún derecho a presentar una lista de candidatos para aspirar al Concejo de la Ciudad de Armenia, debido al escabroso proceso penal por corrupción en el tema de valorización.
En mérito de lo expuesto, el Tribunal Administrativo del Quindío, escuchado el concepto del Ministerio Público y acogiéndolo, administrando Justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley,
PRIMERO: DECLARAR PROBADA la excepción de falta de legitimación en la causa por pasiva de la Registraduría Nacional del Estado Civil, conforme lo dicho en la parte considerativa de esta Providencia,
SEGUNDO: DECLARAR NO PROBADAS las excepciones de caducidad e inepta demanda formuladas por la parte demandada y otros intervinientes, por lo expuesto
TERCERO: NEGAR las pretensiones de la demanda incoada por el señor JOSE EDILBERTO BERNAL PUERTO, en contra del Acto de elección de los señores JHON FREDY CERON ROJAS, CRISTHIAN CAMILO FERNÁNDEZ MORALES, JOHN EDISON ECHAVARRIA BARRERO Y JHONNY LEANDRO VARGAS SÁNCHEZ como Concejales del Municipio de Armenia por el cargo endilgado, de conformidad con las razones expuestas en la parte considerativa.
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