Corte Constitucional prohíbe que perros peligrosos permanezcan en áreas comunes

El Alto Tribunal indicó que estos animales pueden transitar mas no estar en espacios públicos en lugares de propiedad horizontal.

La Corte Constitucional, magistrado Alejandro Linares, explicó que los caninos potencialmente peligrosos podrán circular por las aéreas comunes de los conjuntos de propiedad horizontal, mas no pueden permanecer en estos espacios públicos.

“En el tema de la propiedad horizontal si va se posible transitar con caninos potencialmente peligrosos pero lo importantes es que no pueden permanecer en esas zonas comunes o en esas zonas públicas de la propiedad horizontal”, señaló el magistrado.

Frente a la denominación de razas peligrosas, el magistrado indicó que la Corte consideró ajustado a la norma el código 126 del código de policía, que establece entre otras que los ejemplares caninos potencialmente peligrosos son: los que han tenido episodios de agresiones a personas; o le hayan causado la muerte a otros perros; los caninos que han sido adiestrados para el ataque y la defensa, entre otros.

Respecto a la tenencia de perros potencialmente peligrosos, la Corte señaló que es potestad de cada propietario tener esta clase de animales dentro de sus casas,  apartamentos o espacios privados.

“En esencia lo que se dice es que las personas pueden tener caninos potencialmente peligrosos en sus zonas privadas, es decir, sus apartamentos o en espacios reservados para ellas mismas”, añadió Linares.

Fuente: Caracol Radio

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