Declaran prescripción de la acción penal y preclusión del proceso seguido en favor de siete procesados en el caso Anuar Oswaldo Oyola Márquez

La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia con el Magistrado ponente: Luis Arturo Salas Portilla, declaró en la tarde de este jueves 13 de julio, la prescripción de la acción penal y la Preclusión del proceso seguido en favor de los otro siete procesados por los delitos de Concierto para delinquir simple y Corrupción de sufragante, del caso Anuar Oswaldo Oyola Márquez

Foto portada:

 

 

La actuación judicial inició ante el Juzgado Sexto Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Medellín.

Los anteriores ciudadanos se acusan en calidad de AUTORES de la comisión de los delitos de CONCIERTO PARA DELINQUIR SIMPLE, CORRUPCIÓN DE SUFRAGANTE,

En las sesiones del 14, 20, 21 y 27 de mayo y ocho (8) de junio de 2021 se dio inicio a la audiencia preparatoria, en la que los defensores de los procesados presentaron la relación de pruebas que harían valer en el juicio, . Todos los defensores se declararon inconformes con el decreto de pruebas e interpusieron recurso de apelación.

Según registro videográfico, la audiencia formulación de imputación se cumplió entre el nueve (9) y el 15 de octubre de 2018. El 15 de octubre de 2018 es, por tanto, la fecha en que se interrumpió la prescripción de la acción penal inicial y empezó a correr por un término a la mitad de la pena imponible por cada uno de los delitos.

el 16 de octubre de 2018, el lapso de prescripción de la acción penal empezó a correr de nuevo, para el delito de concierto para delinquir por un término de cuatro (4) años y seis (6) meses, y para el reato de corrupción de sufragante por un lapso de cuatro (4) años.

al hacer los cómputos respectivos, se concluye que ese nuevo término de prescripción de la acción penal se cumplió para la conducta de concierto para delinquir el 16 de abril de 2023, y para el punible de corrupción de sufragante el 16 de octubre de 2022, razón por la que debe declararse que ha operado esa figura que produce la extinción de la acción penal, de conformidad con el artículo 82 del Código Penal.

En consecuencia,

Para el caso resulta necesario recordar que el asunto se asignó al Despacho 03 de la Sala Penal Tribunal Superior de Armenia, el 26 de julio de 2021.

El día siete (7) de junio de 2022 sobrevino el lamentable e imprevisto fallecimiento del señor Magistrado ponente. El despacho quedó acéfalo entre esa fecha y el 15 de julio de 2022.

Entre el 15 de julio de 2022 y el 28 de febrero de 2023, el despacho estuvo ocupado por un funcionario en provisionalidad, quedando nuevamente vacante desde el primero marzo hasta el 30 de junio de 2023.

PRIMERO. – ÁNGELA MARÍA BARAHONA HERNÁNDEZ, ANGÉLICA MARÍA ZULUAGA LOZANO, ADRIANA PATRICIA GIRALDO DUARTE, ANUAR OSWALDO OYOLA HOYOS, MANUELA OYOLA MUÑOZ, JULIANA OYOLA MUÑOZ y SANTIAGO MESA PEÑA

SEGUNDO. ÁNGELA MARÍA BARAHONA HERNÁNDEZ, ANGÉLICA MARÍA ZULUAGA LOZANO, ADRIANA PATRICIA GIRALDO DUARTE, ANUAR OSWALDO OYOLA HOYOS, MANUELA OYOLA MUÑOZ, JULIANA OYOLA MUÑOZ y SANTIAGO MESA PEÑA.

TERCERO.

CUARTO. –

LUIS ARTURO SALAS PORTILLA – JHON JAIRO CARDONA CASTAÑO y JUAN CARLOS SOCHA MAZO

NOTA:

Fuente:

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