Ejemplar condena a Juez Civil del Circuito de Lorica Córdoba por Carrusel de la Educación

El Tribunal Superior de Bogotá condenó a 27 años y 11 meses de prisión a la Juez Civil del Circuito de Lorica, Isabel Loreley Del Socorro Montes Oyola, por el llamado caso del Carrusel de la Educación en Córdoba, en el que decenas de profesores se vieron beneficiados con pagos irregulares de pensiones sin cumplimiento de requisitos de ley y que sumaron por lo menos $80.000 millones de pesos en total.

Foto el Heraldo: Juez Civil del Circuito de Lorica, Isabel Loreley Del Socorro Montes Oyola

 

El alto tribunal acogió la solicitud de un fiscal de la Dirección Especializada contra la Corrupción, que la encontró responsable de 35 delitos de prevaricato por acción, 9 delitos de cohecho propio y 12 delitos de peculado por apropiación agravado por la cuantía a favor de terceros.

La pena impuesta es de 335 meses prisión, 20 años de inhabilitación al ejercicio de derechos y funciones públicas y una multa de 50.000 SMLMV  de multa.  La decisión ordena que la exfuncionaria sea recluida en el establecimiento carcelario que disponga el INPEC.

 

Los hechos investigados ocurrieron entre 2010 y el 2012, y están relacionados con fallos, aparentemente irregulares, en los que el Juzgado Civil del Circuito de Lorica (Córdoba), en cabeza de la hoy condenada, ajustó las pensiones de varios docentes.

En las indagaciones se constató que, para sustentar las peticiones ante el juzgado, fueron presentados poderes falsos y documentos que simulaban resoluciones expedidas por la Secretaría de Educación Departamental de Córdoba que, supuestamente, reconocían las mejoras pensionales a un grupo de empleados del magisterio.

Las conductas detectadas habrían sido concertadas entre funcionarios y los abogados demandantes. Estos últimos son señalados de aportar los elementos espurios con los que se obtuvieron las sentencias.

Por estos hechos del Carrusel de la Educación en Córdoba ya fueron condenados los abogados Álvaro Antonio Narváez Llorente, quien deberá cumplir una pena de 21 años y 6 meses de prisión; Albeiro Ramón Mangones Figueroa, 18 años y 7 meses; mientras que Jesús Eduardo Mangones Rhenals y Ramón Enrique Fuentes Álvarez deben pagar una pena de 17 años y 1 mes.  Las condenas fueron emitidas por los delitos de peculado por apropiación agravado y prevaricato por acción.

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