PGN confirmó sanción de suspensión por tres meses a exalcalde de Montenegro, Quindío

La Procuraduría General de la Nación confirmó la suspensión por tres meses al exalcalde de Montenegro, Quindío (2012 – 2015), James Cañas Rendón, por reglamentar y aprobar actos administrativos relacionados con una zona de desarrollo turístico, sin cumplir los procedimientos legales establecidos.

 

En fallo de segunda instancia, la Procuraduría Regional del Quindío comprobó que el exmandatario local suscribió el Decreto 094 de 2015 que regula la zona de desarrollo turístico prioritario del corredor Montenegro – Pueblo Tapao, omitiendo normas relacionadas con el trámite de concertación ante la Corporación Autónoma Regional, y las referentes a la consulta que debió hacer con el Consejo Territorial de Planeación.

El ente de control precisó que toda actividad realizada en el campo del ecoturismo se debe fundar en: la integración de esfuerzos público-privados, la responsabilidad de los empresarios, promotores e impulsores de los servicios, la investigación y el monitoreo permanente; procesos que ante la omisión de Cañas Rendón no se cumplieron.

 

La falta fue calificada como grave cometida a título de culpa gravísima, por violación manifiesta de reglas de obligatorio cumplimiento. Debido a que el exalcalde no se encuentra en ejercicio del cargo, la sanción impuesta se convirtió en multa de acuerdo al salario que devengaba al momento de la comisión de la falta, según lo establece el artículo 46 de la Ley 734 de 2002. Los tres (3) meses de sanción ascendieron a la suma de $9.626.511.

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