Dicha investigación se le había iniciado debido a la supervisión que realizó del contrato de obra 001 de 2019.
Foto portada: Diana Patricia Muñoz García y Jhon Faber Quintero Olaya
El Ente de Control consideró como irregular que la funcionaria haya autorizado pagos por concepto de apoyo a la supervisión en diferentes actos parciales, por cuanto la supervisión es una labor propia e indelegable de la Entidad. Bajo esta tesis la Procuraduría Provincial de Instrucción de Armenia, Quindío, formuló cargos a la disciplinada.
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El juzgamiento del caso se conoció en la Procuraduría Provincial de Juzgamiento de Pereira y allá la investigada se defendió a través del abogado Jhon Faber Quintero Olaya, quien demostró que el apoyo a la supervisión no representa irregularidad alguna y que se planeó desde la formulación del proyecto.
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También se acreditó que la doctora Muñoz García no delegó la supervisión y que, por el contrario, siempre estuvo al frente de las decisiones técnicas en representación del Municipio.
Abogado Jhon Faber Quintero Olaya:
Luego de diferentes testimonios y documentos, el juez le dio la razón a la Secretaria y a su apoderado.
La decisión ha quedado en firme.
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