Las redes sociales, los chats, los mensajes de texto y de WhatsApp se han convertido en elementos fundamentales para nuestra vida; su utilidad incluso ya llega hasta el campo judicial.
Foto portada: Magistrado Carlos Arturo Ramirez, pantallazo video de 1,2,3 CMI
PUBLICIDAD EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA
Precisamente, se acaba de producir un fallo que valida plenamente el uso de este tipo de mensajes en procesos disciplinarios. El fallo es del magistrado de la Comisión de Disciplina Judicial Carlos Arturo Ramírez, quien suspendió por cuatro meses para el ejercicio de su profesión a la abogada Maryi Lorena Vera Ochoa, quien entregó información falsa por medio de WhatsApp a una cliente, propietaria de un inmueble que impulsaba un proceso de desalojo.
La abogada recibió $ 39 millones por parte de la propietaria del inmueble para gastos relacionados con la administración del bien; sin embargo, nunca utilizó el dinero para ese fin, a pesar de que en mensajes de WhatsApp informaba que sí había hecho los pagos relacionados con la propiedad.
En el fallo, el magistrado Ramírez advierte que los mensajes de WhatsApp y de cualquier red social para el caso de los procesos disciplinarios se consideran pruebas documentales fehacientes e irrebatibles.
Advertidos, pues, todos los abogados del país.
Fuente: Redacción digital CM&