Revisando la contratación pública del Quindío, sin incluir Armenia que no está disponible en la contratación visible COVI, desde enero del 2016, hasta hoy, quiero compartirles esta información para que saquen sus propias conclusiones:
Foto y columna por: Jaime Alberto Martínez
La Gobernación del Quindío ha realizado 1.543 contratos por valor de $ 51.990.534.899 de los cuales 7 fueron por licitación, por un valor de $ 4.985.931.429.
Los hospitales 4.718 contratos por $ 84.227.349.203 de los cuales 3 fueron por licitación, por $ 1.510.208.740
Las 11 alcaldías 4.977 contratos por $51.040.982.859 de los cuales, 10 fueron por licitación, por $ 8.207.997.398
Gobernación, E.P.Q., INDEPORTES , I.D.T.Q., Lotería del Quindío, Promotora de Vivienda, E.M.C.A. Universidad del Quindío, E.S.A.C.O.R., 13 hospitales y 11 alcaldías, hicieron en total 14.516 contratos por $ 232.891.230.463 de los cuales 24 se contrataron por licitación pública por $22.964.889.800. Esto equivale solo al 10% de la contratación total.
Propongo, que eliminemos los regímenes especiales de contratación como el de las empresas de servicios públicos, universidades estatales, Banco de la República, empresas sociales del Estado (hospitales), defensa, etc. y establezcamos un marco único para todas las entidades públicas.
Mucho cuidado, los convenios interadministrativos son los mejores aliados de la corrupción, para suscribirlos las entidades públicas deberían dar en calidad de contrapartida el cincuenta (50%) del total de los recursos en dinero y demostrar la capacidad administrativa, técnica y financiera para la ejecución del convenio y someterlos a los principios y procedimientos establecidos para la contratación Pública, en especial, por Ley 80 de 1993.
El Estado no debe garantizar los desequilibrios económicos en los contratos, los debe asumir el contratista. Se debe eliminar el principio que todas las actuaciones de un proceso de contratación deben ser catalogadas como ejercicio de la función administrativa, Por ejemplo, declarar la caducidad o modificar un contrato implica el derecho de los postulantes a imponer recursos, estos procesos se vuelven interminables.
El registro de proveedores que actualmente administran las Cámaras de Comercio debe ser de uso público. Derogar el principio según el cual todas las entidades deben revelar los precios base de sus procesos de contratación, es un contrasentido que la entidad tenga que revelar su presupuesto, cuando lo que se quiere es promover la competencia para lograr los mejores precios.
Es urgente reformar el Estatuto de Contratación, la Ley 80 y la Ley 1150 y eliminar algunos apartes de las leyes 30 de 1.992 y 1474 de 2.011 para acabar el círculo vicioso de la corrupción y las maquinarias políticas, donde los contratistas financian las campañas y luego se adueñan de la contratación pública.
Fuente: Jaime Alberto Martínez Columnista del Diario La Crónica del Quindío
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