La Fiscalía 05 Seccional logró el lunes 31 de marzo del presente año, que el Juzgado 05 Penal del Circuito con función de Conocimiento dictara sentencia condenatoria de primera instancia, en contra del docente de educación física, Mario Arenas Barreto, por los delitos de actos sexuales con menor de 14 años agravado en concurso homogéneo y sucesivo.
Foto portada: Profesor de educación física Mario Arenas Barreto, IE Laura Vicuña de Armenia, exclusiva www.periodismoinvestigativo.com.co
Reconocimientos al docente hoy condenado
En agosto de 2015, La Orden Etelvina López fue entregada por la Alcaldía de Armenia a cinco docentes, quienes lideraban proyectos educativos que hacían parte de los Planes de Desarrollo Nacional y Municipal. Entre los docentes condecorados estuvo: Mario Arenas Barreto, de la Institución Educativa Laura Vicuña por programa Supérate con el Deporte, gestor del festival anual de mini voleibol, promotor y participante activo, con sus seleccionados del balonvolea, en los campeonatos regionales de los juegos Súperate con el deporte. La administración municipal señaló que en este acto se premió la excelencia y decidida participación de los maestros de Armenia en la implementación de programas y estrategias para mejorar la calidad, cobertura y eficiencia de la actividad educativa en la ciudad.
El procesado no asistió a la audiencia
Mario Arenas Barreto, 68 años de edad, nacido en la ciudad de Armenia, Quindío, soltero, no cuenta con antecedentes judiciales, residente en la Urbanización Yarumos dos del municipio de Circasia, Quindío, según su defensor, por problemas de salud no compareció a la diligencia.
Los hechos
‘’Para el año 2012, el menor afectado, se encontraba estudiando en la Institución Educativa Laura Vicuña, ubicada en el Barrio Bosques de Pinares, cursando grado séptimo y contaba para esa época con 12 años de edad, a partir del mes de junio su profesor de educación física, de nombre Mario Arenas Barreto, en los momentos en que el menor iba a entrenar voleibol le pedía que llevara a su oficina, (que está ubicada detrás del Coliseo), los balones y la malla, y el profesor también se iba para allá y empezaba a tocar, dichos tocamientos los realizaba en sus partes íntimas, indicando que estas son los genitales y que los realizaba por debajo de la ropa, en ocasiones también le daba besos en el cuello. Estos actos sexuales ocurrieron durante 3 años, indicando el menor que desde la tercera vez le daba dinero en sumas entre 5.000 y 15.000 pesos.
En ocasiones el profesor iba hasta el aula de clase y le pedía al profesor de turno, que lo dejara salir para que le ayudara a él a organizar la oficina y allá le realizaba los tocamientos. Lo tocaba en sus genitales y con la mano en el ano más no llegó a sentir que el profesor introdujera sus dedos.
Esto ocurría mientras él estaba de pie y el profesor lo tomaba por detrás, aunque en ocasiones también lo abrazaba de frente para tocarlo y sentía que con el pene le rozaba en la cola, pero nunca hizo nada más que esto. La última vez que ocurrió fue en el mes de agosto del año 2014’’, Juzgado 05 Penal del Circuito
El menor empezó a consumir sustancias psicoactivas
‘’Indicó el menor, que debido a esta situación empezó a consumir sustancias psicoactivas y las directivas del Colegio y sus padres decidieron enviarlo a la Fundación Faro y fue allí donde, en una actividad terapéutica, realizó la revelación de la voz’’. Juez 05 Penal del Circuito
Actuación procesal
El 5 de febrero del año 2018, ante el juzgado quinto penal municipal, en función de control de garantías de Armenia Quindío, se solicitó formulación de imputación y medida de aseguramiento. El ente acusador formuló imputación a Mario Arenas Barreto por el delito de acto sexual con menor de 14 años, Artículo 209 con la circunstancia de agravación del numeral segundo Artículo 211 en concurso homogéneo y sucesivo, los cargos no fueron aceptados y se retiró la solicitud de la medida de aseguramiento.
La condena
En mérito de lo expuesto el juzgado quinto penal del circuito de Armenia, Quindío, administrando justicia, en nombre de la Autoridad de la República y por autoridad de la ley,
Resuelve:
Primero, condenar a Mario Arenas Barreto, a la pena principal de 14 años de prisión, como autor responsable del delito de acto sexual abusivo con menor de 14 años Agravado.
La pena accesoria, inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, será por el mismo lapso de la pena principal.
Segundo, negar los subrogados penales, la suspensión condicional de la ejecución de la pena y prisión domiciliaria por las razones expuestas en la parte emotiva de esta decisión.
El procesado deberá purgar la pena en prisión, para lo cual se librará la orden de captura una vez que en firme la decisión.
Una vez ejecutoriada, comuníquese la sentencia a las autoridades de que trata el artículo 166 de la Ley 906 de 2000 y las demás establecidas por el Consejo Superior de la judicatura
Contra la presente decisión proceden los recursos de ley
Apelación
La defensa presentará y sustentará la apelación dentro de los cinco días siguientes a la lectura del fallo.
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