El Juzgado 01 Penal Especializado del circuito de armenia, presidió la audiencia pública de lectura de fallo el pasado viernes 21 de marzo de 2025 a las 11 de la mañana, por el delito de homicidio agravado y porte ilegal de armas de fuego en contra de Diana Alejandra Gómez Rodríguez, conocida con el alias de ‘La Diabla’.
Foto portada: Diana Alejandra Gómez Rodríguez, alias de ‘La Diabla’ y el Soldado profesional Cristian Stiven Reyes, derechos exclusivos del Portal Web www.periodismoinvestigativo.com.co
Hechos
El 23 de abril de 2019, aproximadamente a las 22:56 horas (10:56 p. m.), en vía pública del Barrio Comuneros del municipio de Montenegro (Quindío), fue hallado gravemente herido el ciudadano Cristian Stiven Reyes, soldado profesional de 27 años, quien falleció momentos después, antes de recibir atención médica en el Hospital Roberto Villa Quintero de Montenegro, a donde fue trasladado en ambulancia.
La víctima falleció de manera violenta, como consecuencia de múltiples heridas ocasionadas con proyectil de arma de fuego, principalmente por una herida que penetró y le perforó el cráneo.
La investigación adelantada por el Fiscal 05 Especializado de Armenia, arrojó que:
El asesinato fue determinado por Diana Alejandra Gómez Rodríguez, cónyuge de la víctima, quien contrató para tal fin a la banda criminal conocida como Los Killers (disidencia del GDO conocido como La Línea de la Muerte de Arañín), dedicada a la distribución y comercialización de estupefacientes y a la ejecución de homicidios, principalmente en el municipio de Montenegro.
Que, para este propósito criminal, Diana Alejandra entregó a los miembros de la banda una fotografía de su esposo.
La orden fue dada por los jefes de la banda, Julián Alexis Cruz García alias ‘Talco’ y José Albeiro Hoyos González alias ‘Nene’, y fue ejecutada por Nicolás Olaya Guzmán alias Nico y Brayan Andrés Rojas López alias ‘Quiroga’, quienes fueron alertados por Diana Alejandra del momento en que su esposo Cristian Stiven salió de casa, para proceder a ejecutarlo.
La orden
Según la investigación, la acusada empleó los servicios de la banda liderada por José Albeiro Hoyos alias Nené, y que el homicidio se contrató en el sector de La 18. Finalmente, mencionó que alias Nico (Nicolás Olaya Guzmán), se mostró renuente a declarar porque estaba inconforme por haber sido recapturado.
La Fiscalía demostró que la acusada encargó el asesinato de su esposo principalmente por un interés económico:
El testimonio de María Clementina Reyes (madre de la víctima) reveló que la acusada no aceptaba la separación y sentía resentimiento por las relaciones extramatrimoniales de la víctima. Igualmente, mostró un interés inmediato por el seguro de vida y los beneficios económicos derivados de la muerte de su esposo, al punto de que vendió el inmueble donde residía con la víctima y sus dos menores hijos, lo que evidenció una motivación patrimonial.
El pago a los sicarios:
Así mismo, en las declaraciones de Hugo Alexandro Calderón alias ‘Pitbull’ y Brayan Andrés Rojas López alias ‘Quiroga’, ambos afirmaron que la determinadora del homicidio manifestó expresamente que “el que me la hace la paga”. Alias ‘Quiroga’ confirmó que recibieron quinientos mil ($ 500.000) pesos por ejecutar el crimen y alias Pitbull mencionó que la acusada dijo que no quería compartir la pensión de su marido con nadie.
‘La Diabla’ le sacó el celular del bolsillo a su esposo estando tirado en el piso sin vida:
Momentos antes de su homicidio, Cristian se encontraba en casa de su madre y le comentó que se iba a ver con otra mujer y salió para su casa, que quedaba en frente. Momentos después se escucharon los disparos. Al recordar que su hijo le había mencionado que se encontraría con una mujer, salió con su hija preocupada hacia la casa de Cristian y vio cuando Diana estaba asomada por la ventana con la cortina abierta, y procedió a cerrarla de una vez. La señora María Clementina llamó a la puerta y le preguntó a Diana por Cristian. Ella le respondió que él acababa de salir, ante lo cual salieron en su búsqueda. Luego se encuentran con una persona, que le dice a su hija Yuri Mar que Cristian estaba herido. Al llegar al lugar de los hechos, observaron la escena. Allí llegó Diana minutos después. Sin importarle el estado de salud de Cristian, procedió a revisarle los bolsillos y le sacó el teléfono celular. Posteriormente entregó el dispositivo formateado a un funcionario de la SIJIN.
El móvil del crimen
Según la investigación, el móvil del crimen fue económico, ya que la acusada sería beneficiaria de la pensión y el seguro de vida de la víctima. Además, señaló que aunque ella obtuvo detención domiciliaria como madre cabeza de familia, omitió informar que sus hijos estaban bajo el cuidado de su abuela paterna y que, no obstante ello, sigue recibiendo la pensión del Ejército.
¿Y quién es la diabla?
En la actualidad, tiene 30 años. Su grado de instrucción es bachiller y su ocupación, ama de casa. Actualmente se encuentra privada de su libertad, desde el 4 de febrero de 2025, debido a la orden de captura que emitió este juzgado con ocasión del sentido condenatorio del fallo.
Características físicas: Se trata de una persona de sexo femenino, de 1.46 m. de estatura, contextura delgada, tez blanca; ojos medianos con iris color café; cabello negro de longitud mediana. Su grupo sanguíneo y factor RH es O+. Como señales particulares presenta tatuajes en hombro derecho y cuello.
La condena
En mérito de lo expuesto, el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Armenia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley,
RESUELVE
PRIMERO: CONDENAR a la ciudadana a Diana Alejandra Gómez Rodríguez, a la pena principal y definitiva de cuatrocientos veinte (420) meses de prisión (35 años), como determinadora responsable de los delitos de homicidio agravado y porte ilegal de armas de fuego o municiones.
SEGUNDO: CONDENAR a la ciudadana Diana Alejandra Gómez Rodríguez a las penas accesorias de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, y a la privación del derecho a la tenencia y porte de armas, ambas por un término de veinte (20) años.
TERCERO: NEGAR a la sentenciada el subrogado de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y el beneficio sustitutivo de la prisión domiciliaria, que prevén los artículos 63 y 38 de la Ley 599 de 2000. En consecuencia, ofíciese a la reclusión de mujeres Villa Cristina de Armenia, para comunicar que la ciudadana Diana Alejandra Gómez Rodríguez deberá continuar privada de su libertad en ese centro carcelario, pero ahora en calidad de condenada, para el cumplimiento de la pena de prisión que se le impone.
CUARTO: Por conducto de la Fiscalía, INFORMAR a las víctimas (familiares del occiso Cristian Stiven Reyes) que disponen de un término de treinta (30) días, a partir de la fecha, para promover el incidente de reparación integral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 106 del CPP.
La sentencia fue notificada en estrados y la defensa presentará y sustentará el recurso de apelación dentro del plazo contemplado en la Ley.
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