El Juez Quinto penal municipal con función de control de garantías de Armenia, presidirá el próximo 28 de julio a las 8:30 a.m. , la audiencia virtual de imputación de cargos y solicitud de medida de aseguramiento en contra de: Alcalde de Armenia (hoy suspendido por la Procuraduría General de la Nación) José Manuel Ríos Morales, Gabriela Valencia Vásquez exdirectora del departamento administrativo de Bienes y Suministros y el empresario Hernando Pérez representante legal de la Comercializadora y Distribuidora Agroindustriales S.A. de la Ciudad de Cali, Valle del Cauca.
Foto portada: Alcalde de Armenia José Manuel Rios Morales
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Hechos:
El departamento administrativo de bienes y suministros de la alcaldía de Armenia, celebró el contrato No 02 por $ 350 millones de pesos con la Comercializadora y Distribuidora Agroindustriales S.A. de la Ciudad de Cali, cuyo representante legal es el señor Hernando Pérez, en la investigación, la fiscalía busca establecer, entre otros, la veracidad de que algunos socios de dicha empresa, habrían presuntamente hecho significativas donaciones económicas a la campaña de José Manuel Ríos Morales para la Alcaldía de Armenia periodo 2020 – 2023
La Fiscalía delegada de Pereira imputará cuatro cargos:
Aún no se ha establecido si los cuatro presuntos delitos serán imputados a los tres investigados o habrá alguna excepción para alguno de ellos.
1 – Peculado por apropiación a favor de terceros Artículo 397 C. Penal:
El servidor público que se apropie en provecho suyo o de un tercero de bienes del Estado o de empresas o instituciones en que éste tenga parte o de bienes o fondos parafiscales, o de bienes de particulares cuya administración, tenencia o custodia se le haya confiado por razón o con ocasión de sus funciones, incurrirá en prisión de noventa y seis (96) a doscientos setenta (270) meses, multa equivalente al valor de lo apropiado sin que supere el equivalente a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término.
Si lo apropiado supera un valor de doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes, dicha pena se aumentará hasta en la mitad. La pena de multa no superará los cincuenta mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Si lo apropiado no supera un valor de cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes la pena será de sesenta y cuatro (64) a ciento ochenta (180) meses e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término y multa equivalente al valor de lo apropiado.
2 – Contrato sin cumplimiento de requisitos legales Artículo 410 C. Penal:
El servidor público que por razón del ejercicio de sus funciones tramite contrato sin observancia de los requisitos legales esenciales o lo celebre o liquide sin verificar el cumplimiento de los mismos, incurrirá en prisión de cuatro (4) a doce (12) años, multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a doce (12) años. Declarado Exequible Sentencia Corte Constitucional 917 de 2001; Texto subrayado declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-652 de 2003
3 – Falsedad en documento privado Artículo 395 C. Penal:
El que, para perjudicar a otro, cometiere en documento privado alguna de las falsedades previstas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.
4 – Interés indebido en la celebración de contratos Artículo 409 C. Penal:
El servidor público que se interese en provecho propio o de un tercero, en cualquier clase de contrato u operación en que deba intervenir por razón de su cargo o de sus funciones, incurrirá en prisión de cuatro (4) a doce (12) años, multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a doce (12) años.
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Solicitud de la medida de aseguramiento:
Recordemos que el Fiscal General de la Nación anunció en rueda de prensa la medida de aseguramiento en este proceso, y de hecho, en la notificación de audiencia a los tres investigados, esta, se estableció, habría que esperar durante la audiencia virtual, cual medida pedirá la fiscalía o si en su defecto, se abstiene de solicitarla.
La defensa del Alcalde:

Abogado Jorge Mario Bolívar Tovar
El reconocido abogado quindiano Jorge Mario Bolívar Tovar, será quien ostente la responsabilidad de apoderar en el juicio al Alcalde José Manuel Ríos Morales
Defensa de Gabriela Valencia Vásquez.

Gabriela Valencia Vásquez
La distinguida abogada Sandra Milena Urrea Orlas, tendrá la oportunidad de defender en este proceso a la exdirectora administrativa del departamento de bienes y suministros Gabriela Valencia Vásquez, como también lo estará en el proceso por el contrato 03, audiencia que fuera aplazada a solicitud de la defensa y que aún no se conoce la nueva fecha.

Abogada Sandra Milena Urrea Orlas
Defensa del empresario Hernando Pérez.

En la defensaq del representante legal de la Comercializadora y Distribuidora Agroindustriales S.A. Hernando Pérez, actuará el abogado de Santiago de Cali, Elmer Montaña.
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