Inicio Judicial PGN formuló Pliego de cargos a directivos del Invias, CAR de Quindío e interventor del Túnel de la Línea

PGN formuló Pliego de cargos a directivos del Invias, CAR de Quindío e interventor del Túnel de la Línea

Por Luis Eduardo Rendón Monroy
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La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos a directivos del Instituto Nacional de Vías (Invías), de la Corporación Autónoma Regional del Quindío (CRQ) y al interventor del proyecto Túnel de la Línea, para la época de los hechos, por presuntas irregularidades en el cumplimiento de las obligaciones ambientales.

Foto portada: tomada de El Tiempo.com

Se trata del director General del Invías, Carlos Alberto Rosado Zúñiga, del Regional, Alfonso Meza Patiño; los subdirectores de Control y Seguimiento Ambiental de la (CRQ), Carlos Ariel Truke Ospina y Carlos Andrés Velasco Franco, y el interventor, Enrique Dávila Lozano.

El Ministerio Público cuestiona posible omisión en la vigilancia y control del cumplimiento de las obligaciones ambientales derivadas del contrato de obra 3640 de 2008 (Túnel de la Línea), de la licencia ambiental y de los permisos de vertimiento, sin que se hubieran  materializado medidas efectivas y definitivas para evitar y/o mitigar el impacto producto de las obras.

Para el órgano de control, al parecer, no se han impuesto multas y/o sanciones al contratista, Unión Temporal Segundo Centenario, para minimizar el efecto nocivo de la contaminación causada a las quebradas La Gata y El Salado, afluentes del acueducto del municipio de Calarcá, por los vertimientos de aguas residuales industriales provenientes del túnel piloto y vehicular.

La Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal calificó la presunta falta del entonces director del Invías como grave a título de culpa gravísima, pues con su actuar, al parecer, violó el manual de funciones por cuanto no vigiló, y en consecuencia, tampoco desplegó ninguna actuación eficiente para minimizar el impacto ambiental por efecto de la construcción del túnel en el municipio quindiano.

Además, imputó al director territorial, para la época de los hechos, falta gravísima a título de culpa gravísima, por presunta violación del principio de responsabilidad, teniendo en cuenta que aparentemente no ejerció en debida forma la supervisión a la ejecución de la obra, lo que conllevó al incumplimiento de las obligaciones ambientales del contrato.

Por su parte,  la posible falta de los subdirectores de Seguimiento y Control de la CRQ se tiene como gravísima a título de culpa gravísima, en la medida en que desconocieron la mínima y debida diligencia del deber de cuidado que les era exigible por ser la máxima autoridad ambiental de la región.

Finalmente, al interventor del proyecto se le calificó la presunta falta como gravísima a título de culpa, toda vez que su gestión no logró la suspensión de los vertimientos de aguas residuales sobre las fuentes hídricas abastecedoras, con el agravante de que la quebrada El Salado, continúa fuera del alcance del acueducto.

Historial de la queja

En razón a la preocupación generalizada en el departamento y en especial por la ciudadanía del municipio de Calarcá, se inició acción preventiva respecto de las fuentes abastecedoras del acueducto de Calarcá afectadas por las obras del túnel de la línea las cuales se efectúan en la cordillera central, jurisdicción de Calarcá, Quindío, y en base a las averiguaciones realizadas se inicia proceso disciplinario por determinar la entidad responsable.

La queja fue radicada con el Número de radicación (IUS):  2012-135521 – Número del Caso (IUC):  D-2012-75-512107 ante la Procuraduría 2da Delegada para la Contratación Estatal el lunes 16 de abril de 2012.

Proceso acumulado

Tiene acumulado el proceso No 2015-302200 ante la Procuraduría 1 Delegada para Contratación Estatal del 2 de febrero de 2017

Fuente: PGN

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