Inicio Corrupción Procuraduría destituyó e inhabilitó a exconcejal de Pijao, por posesionarse a pesar de tener inhabilidad por condena en actos de corrupción

Procuraduría destituyó e inhabilitó a exconcejal de Pijao, por posesionarse a pesar de tener inhabilidad por condena en actos de corrupción

Por Luis Eduardo Rendón Monroy
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La Entidad confirmó que Raúl Restrepo Arias (2020 – 2023) ejerció como concejal a pesar de estar inhabilitado para ejercer funciones públicas durante un término de 40 meses.

Foto portada: Exconcejal de Pijao, Quindío, Raúl Restrepo Arias, tomada de Redes

En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general por el término de ocho años al exconcejal de Pijao, Quindío, Raúl Restrepo Arias (2020 – 2023), al encontrar probado y no desvirtuado que tomó posesión del cargo sin tener en cuenta la inhabilidad que tenía por haber sido condenado por sentencia judicial.

La Provincial de Juzgamiento de Pereira confirmó que el funcionario actuó en el rol para el que resultó electo y omitió la decisión del Juzgado Único Penal del Circuito de Calarcá, Quindío, en la que se le impuso en diciembre de 2019 una pena de más de 32 meses de prisión, más de 33 salarios mínimos legales vigentes y estableció que, durante 40 meses, no podía ejercer funciones públicas.

En sentencia del tribunal, Restrepo Arias fue hallado penalmente responsable como interviniente en la ejecución del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en concurso con falsedad ideológica en documento público, comportamiento que a juicio del Ente de control estructuró la causal sancionable en materia disciplinable.

Conforme a lo anterior, la Procuraduría sostuvo que el entonces cabildante no actuó conforme a los postulados legales y jurisprudenciales, por lo que transgredió el ordenamiento disciplinario, afectando de manera flagrante el principio de la función administrativa de moralidad que le impedía participar en las sesiones por la condena impuesta.

Finalmente, el organismo de control resaltó que durante el proceso se demostró con certeza que el investigado obró contrario a su deber funcional, por lo que de manera definitiva calificó la falta disciplinaria en que incurrió como gravísima cometida a título de culpa gravísima.

Fuente: Comunicaciones PGN

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