Inicio Disciplinario El reconocido Jurista, Jaime Andrés López Gutiérrez, logró que tres fallos disciplinarios fueran favorables al Ex Contralor departamental del Quindío, Luis Fernando Márquez Alzate

El reconocido Jurista, Jaime Andrés López Gutiérrez, logró que tres fallos disciplinarios fueran favorables al Ex Contralor departamental del Quindío, Luis Fernando Márquez Alzate

Por Luis Eduardo Rendón Monroy
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La Procuraduría General de la Nación notifica al Ex Contralor del Quindío Dr. Luis Fernando Márquez Alzate, el tercer y último fallo a su favor.

Foto portada: Ex Contralor departamental del Quindío, Luis Fernando Márquez álzate y el abogado Jaime Andrés López Gutiérrez

Los tres procesos disciplinarios se aperturaron por parte de la Procuraduría como consecuencia de informe final de Auditoría de la Auditoría General de la República, quien en su momento consideró que podían existir algunas irregularidades en la etapa precontractual de dos contratos interadministrativos celebrados por la Contraloría con la Universidad Nacional Sede Manizales en el año 2020 y 2021.

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En los tres procesos se pudo probar que las actuaciones del Ex Contralor y su equipo fueron ajustadas a las normas que rigen la contratación estatal en Colombia.

8.2.4.4. En este orden de ilación, este Despacho encuentra que, en el presente caso No concurren los presupuestos para endilgar responsabilidad disciplinaria a los señores Luis Fernando Márquez Alzate, Antonio José Restrepo y Aura María Álvarez Ciro, en sus condiciones de Contralor General del Quindío, Director Administrativo y Financiero y profesional Universitario Gr 17 de la Contraloría General del Quindío, respectivamente, para la época de los hechos, como quiera que, no se logró probar el cargo disciplinario imputado a cada uno de ellos, consistente en haber suscrito, aprobado y revisado los estudios previos de los contratos interadministrativos Nos 001 de 2020 y 001 de 2021, en contravía de los principios de economía y de responsabilidad, propios de la contratación estatal, por lo que no se estructura la categoría de tipicidad disciplinaria.

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8.2.4.5. Desvirtuada la tipicidad de la conducta disciplinaria, por sustracción de materia, no se hace necesario el análisis de lo lícitamente sustancial en la violación del deber funcional que se estimó conculcado, como tampoco el análisis de la forma de culpabilidad con que se estimó se cometió la conducta desde el punto de vista subjetivo.

En mérito de lo expuesto, el Procurador Delegado Disciplinario de Juzgamiento 4, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias,

RESUELVE

PRIMERO: Declarar NO probado el cargo único imputado y como consecuencia de ello absolver de responsabilidad disciplinaria al señor Luis Fernando Márquez Alzate, quien ostentaba el cargo de Contralor General del Quindío, para el periodo 2020 – 2021, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente proveído.

SEGUNDO: Declarar NO probado el cargo único imputado y como consecuencia de ello absolver de responsabilidad disciplinaria al señor Antonio José Restrepo Gómez, quien para la época de los hechos se desempeñaba como director administrativo y financiero de la Contraloría General del Quindío, en los términos expuestos en el presente proveído.

TERCERO: Declarar NO probado el cargo único imputado y como consecuencia de ello absolver de responsabilidad disciplinaria al señor Aura María Álvarez Ciro, quien para la época de los hechos ejercía el cargo de Profesional Universitario Gr 17 de la Contraloría General del Quindío, en atención al análisis que antecede, realizado por este Despacho.

CUARTO: Por la Secretaría de esta Delegada, COMUNÍQUESE esta providencia a los sujetos procesales, de conformidad con lo establecido en el artículo 129 de la Ley 1952 de 2019, advirtiéndose que, contra la misma No procede recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 130 de la referida normatividad.

El apoderado del Excontralor en estos tres procesos fue el abogado quindiano, Jaime Andrés López Gutiérrez.

Tercer y último fallo:

Tercero y último fallo a favor de Luis Fernando Márquez Álzate

Los tres fallos:

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