De conformidad con sus estatutos, la entidad cuenta de manera automática con Director General Encargado, lo que asegura la normalidad administrativa y la continuidad en la prestación de los servicios misionales.
Foto portada: La Corporación Autónoma Regional del Quindío
La CRQ continúa operando en estricto cumplimiento de la ley, al servicio del ambiente y de las comunidades del departamento del Quindío.
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COMUNICADO DE PRENSA
La CRQ garantiza la continuidad institucional y acata decisión del Consejo de Estado
La Corporación Autónoma Regional del Quindío (CRQ) informa a la ciudadanía que, en cumplimiento de sus deberes constitucionales y legales, acata y respeta la sentencia proferida por el Consejo de Estado notificado el día 24 de enero de 2026, mediante la cual se declaró la nulidad del Acuerdo No. 6 del 15 de agosto de 2024, relacionado con la designación del Director General encargado de la entidad.
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En este sentido, y con el fin de brindar claridad a la comunidad en general, la CRQ informa que, pese a que la mencionada sentencia declaró la nulidad del acto administrativo, los estatutos corporativos adoptados por la Asamblea Corporativa mediante el Acuerdo No. 001 del 11 de febrero de 2025 prevén de manera expresa este tipo de situaciones. En particular, el parágrafo segundo del artículo 41 establece que, ante la ocurrencia de una falta temporal no previsible o absoluta del cargo de Director General y hasta tanto el Consejo Directivo designe un Director General en propiedad o encargue a uno de los servidores públicos del nivel directivo o asesor de la Corporación, fungirá inmediatamente como Director General Encargado el servidor público que corresponda conforme a un orden de prelación previamente definido.
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Dicho parágrafo señala expresamente que este orden de prelación corresponde, en su orden, al Subdirector Administrativo y Financiero, al Subdirector de Regulación y Control Ambiental y al Subdirector de Gestión Ambiental, previa certificación expedida por el área de Talento Humano, en la que conste el nombre del servidor público que ocupa el cargo correspondiente y el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos por la ley y los estatutos para el ejercicio del cargo de Director General de la Corporación Autónoma Regional del Quindío.
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En consecuencia, del marco regulatorio descrito es claro que la designación del Director General Encargado se produce de manera automática, conforme a lo dispuesto en los estatutos corporativos, mientras el Consejo Directivo adelanta las actuaciones administrativas necesarias para efectuar la designación de un Director General encargado o en propiedad.
De lo anterior, es categórico señalar que los estatutos de la CRQ prevén tanto la ocurrencia de faltas temporales y absolutas como el procedimiento institucional para su atención, lo cual garantiza que la entidad no sufrirá traumatismo administrativo, jurídico ni técnico alguno como consecuencia de la decisión adoptada por el Honorable Consejo de Estado, asegurando la continuidad en la prestación de los servicios misionales del órgano ambiental del departamento del Quindío.
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La CRQ reitera que esta decisión judicial no genera traumatismos institucionales ni afecta la prestación de los servicios misionales de la Corporación, los cuales continúan desarrollándose con normalidad, en estricto apego a la ley y en beneficio del ambiente y de las comunidades del departamento del Quindío.
Corporación Autónoma Regional del Quindío – CRQ
Oficina de Comunicaciones
Fuente: Comunicaciones CRQ