La secretaria de Tránsito de La Tebaida en fallo de primera instancia, declaró contraventor al señor Jonathan Gualdrón Salazar, quien, en su calidad de secretario de gobierno de La Tebaida, Quindío, se negó a la prueba de alcoholemia el 8 de mayo de 2022, día de la madre, y de quedar el fallo en firme, podría pagar una sanción de más de 55 millones de pesos y la cancelación de la licencia de conducción.
Foto portada: Jonathan Gualdrón y su camioneta Toyota Land Cruiser de placas CTU 990
Los hechos sancionados
Periodismo Investigativo conoció que, el secretario de gobierno de la alcaldía de La Tebaida Jonathan Gualdrón Salazar, fue sorprendido por las autoridades el domingo 8 de mayo de 2022, día de la madre, cuando hacia las 8 y media de la noche conducía (según el informe), en alto estado de embriaguez, la camioneta Toyota Land Cruiser de placas CTU 990.
Para esa fecha, varias unidades de la Policía y Tránsito del municipio, se hicieron presentes por el sector del ‘Barrio El Cántaro´, ante el llamado de la ciudadanía, quienes al parecer y según testimonios entregados a nuestra Unidad Investigativa, comentaron en esa oportunidad, que ya no soportaban las presuntas y reiteradas actuaciones en este mismo sentido, cometidas por el alto funcionario de la alcaldía del Edén Tropical.
Los agentes de tránsito para la época de los hechos y al ver el estado de embriaguez que presentaba Gualdrón Salazar, le indicaron realizarse la prueba de alcoholemia, situación que no acató el funcionario alejándose del lugar, olvidando su responsabilidad como servidor público y más aún, en tratándose de la dignidad de secretario de gobierno y sobre todo en ese día de la madre, en donde con mayor responsabilidad, debía coadyuvar, no solo en dar ejemplo, sino, en coordinar con las autoridades el control en ese día tan especial, toda vez, que por lo general se presentan muchas riñas por la ingesta de alcohol en dicho municipio.
Arma de fogueo decomisada
Periodismo Investigativo, tuvo conocimiento que el secretario de gobierno Gualdrón, no solo recibió el comparendo por negarse a la prueba de alcoholemia, sino que la Policía le decomisó un arma traumática, la cual perdió porque esta fue destruida por la institución policial.
La norma transgredida
LEY 1696 DE 2013
Por medio de la cual se dictan disposiciones penales y administrativas para sancionar la conducción bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas.
Artículo 1°. La presente ley tiene por objeto establecer sanciones penales y administrativas a la conducción bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas.
NOTA: Parágrafo declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-633 de 2014.
Parágrafo 3°. Al conductor del vehículo automotor que pese a ser requerido por las autoridades de tránsito, con plenitud de garantías, no permita la realización de las pruebas físicas o clínicas a que se refiere la presente ley o se dé a la fuga, se le cancelará la licencia, se le impondrá multa correspondiente a mil cuatrocientos cuarenta (1.440) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv) y procederá la inmovilización del vehículo por veinte (20) días hábiles.
Frente a dicha decisión procede recurso de apelación de acuerdo al código de tránsito.
¿Quién fallará en segunda instancia?
Corresponde al alcalde José Vicente Young Cardona, fallar en segunda instancia y de corroborarse el fallo de primera instancia, el secretario de gobierno Gualdrón Salazar, deberá pagar una sanción de 1.440 salarios mínimos diarios legales vigentes, equivalentes a $55’679.040,00, más la cancelación de la licencia para conducir de por vida.
Funcionaria correcta
Con este fallo de primera instancia, quedó demostrado una vez más, el profesionalismo y la honestidad de la secretaria de transito de La Tebaida, Dra Suleny Ocampo Quintero, quien a pesar de muchos factores en contra, obró en derecho.
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