Tribunal Superior negó recurso de apelación a Gustavo Alberto Castaño Sarmiento, caso Parque Residencial Colombia

Tribunal Superior negó recurso de apelación a Gustavo Alberto Castaño Sarmiento, caso Parque Residencial Colombia

La sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, negó el recurso de apelación presentado por la defensa del constructor Gustavo Alberto Castaño Sarmiento, en el sonado caso del Parque Residencial Colombia.

La fiscalía pretende continuar la audiencia de Escrito de Acusación en contra del Ingeniero Gustavo Alberto Castaño Sarmiento por el delito de Estafa Agravada en la modalidad delito Masa y tratando de evitar que esta se efectúe, la defensa de Gustavo Alberto Castaño presentó un recurso de queja, recurso que le fuera negado en las últimas horas por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior.

Antecedentes

‘’En sesión del 4 de mayo del año que avanza, destinada para continuar la audiencia de formulación de acusación que había iniciado el pasado 27 de Abril del año en curso, la Jueza se refirió a la decisión de esta Colegiatura del 10 de marzo de 2017, a través de la cual se negó la impugnación de competencia propuesta por la defensa. Así mismo,  mencionó la acción de tutela interpuesta por el señor CASTAÑO SARMIENTO contra esa determinación,  acción que fue declarada improcedente por la Sala de Decisión de Tutelas No 2 de la Sala de Decisión Penal de la Corte Suprema de Justicia’’ aclara la decisión de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior.

Por lo anterior, dispuso continuar con el trámite, otorgándole la palabra al representante del ente acusador para que formulara la acusación. Ante tal manifestación, el defensor solicitó la palabra y refirió que en la sesión anterior había advertido que en uso de las facultades del Art. 339 del Código de Procedimiento Penal iba sólo a formular la acusación  por competencia y una vez se resolviera , haría manifestación sobre impedimentos, recusaciones, nulidades y observaciones al escrito de acusación.

La decisión de La sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia

Consideraciones:

‘’Obsérvese entonces que la discusión planteada por el recurrente en el sentido de si la determinación tomada por la A QUO es una orden o un auto interlocutorio, se toma irrelevante porque es claro que de tratarse de la segunda de ellas, no todas las providencias permiten la interposición del recurso de apelación, como en este evento que no se trata de la libertad de CASTAÑO SARMIENTO, una prueba o una determinación que se refiera asuntos patrimoniales’’.

‘’Ahora bien, en torno al recurso de queja, recuérdese que su finalidad no es otra que garantizar el derecho a la doble instancia, debiendo verificar el superior, si los motivos por los que el Juzgado de primera instancia negó el recurso de apelación fueron acertados, lo que en este evento se advierte, pues contra la decisión de continuar con la audiencia de formulación de acusación por estimar que precluyó la oportunidad para formular nulidades, impedimentos o recusaciones, no es viable el recurso de apelación.’’

En ese orden de ideas, es claro que contra la referida decisión no procede el recurso pretendido por el defensor de CASTAÑO SARMIENTO, por lo tanto, se devolverá el expediente al Juzgado de primera instancia para que se continúe con la audiencia de formulación de acusación’’.

Por lo expuesto, La sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia,

RESUELVE

‘’DECLARAR que la decisión proferida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Armenia el 4 de Mayo del año en curso en desarrollo de la audiencia de formulación de acusación que se adelanta en contra de GUSTAVO ALBERTO CASTAÑO SARMIENTO no es susceptible del recurso de apelación y por tanto, se dispone la devolución del expediente para que se continúe con la misma.

Contra esta decisión no procede recurso alguno’’.

Audio: Marta Judy García García

2017-05-17 15.18.26

‘’Las alas tienen plumas y esas plumas se han ido quitando, entonces esperamos que esta sea la última pluma del ala’’, Martha Judy García García apoderada de victimas Parque Residencial Colombia