‘’Evidentemente don Carlos y sus vecinos fueron estafados’’, exmagistrado Nilson Pinilla, caso Parque Residencial Colombia, (ver videos)

‘’Evidentemente don Carlos y sus vecinos fueron estafados’’, exmagistrado Nilson Pinilla, caso Parque Residencial Colombia, (ver videos)

El exmagistrado de la Corte Constitucional Dr. Nilson Pinilla afirmó contundentemente en audiencia pública, que ’’evidentemente don Carlos y sus vecinos fueron estafados y eso es una realidad’’, refiriéndose a la compra de sus casas en la Urbanización Caño Cristal del Parque Residencial Colombia.

La historia de horror vivida por Carlos Alberto Tamayo Palacio

Don Carlos Alberto Tamayo Palacio es un ciudadano de avanzada edad y  posee cualidades de hombre honesto, luchador y una gran capacidad para escribir, redactar e interpretar el derecho penal, él tuvo la desgracia de comprar una vivienda en el conjunto residencial Caño Cristal del Parque Residencial Colombia, compra que finalmente le trajo toda la tragedia que jamás imaginó y que en toda su vida tampoco había padecido. Cuando  Tamayo Palacio se enteró que le habían escriturado su propiedad, también confirmó que las áreas comunes a que tenía derecho tal y como consta en la escritura, ya habían sido escrituradas con mucha antelación por el urbanizador Gustavo Alberto Castaño Sarmiento a la alcaldía de Armenia como entrega de terrenos de sesión al municipio que debía cumplir y es allí en donde don Carlos Alberto inicia la reclamación de sus derechos, pero a la vez comenzaba para él, la gran película de horror,desgracia y tragedia que nunca imaginó vivir.

Sin embargo don Carlos Tamayo propuso al urbanizador que le devolviera los 108 millones que le costó su vivienda, pero a cambió recibió palabras desafiantes para que hiciera lo que le diera la gana, pero que no lograría jamás la devolución de su dinero. Posteriormente don Carlos Alberto inició las acciones legales en la fiscalía y como resultado, pasó de ser víctima a victimario, pues fue condenado por injuria y calumnia al publicar que con esa compra de vivienda lo habían estafado.

Ahora el señor Tamayo ha iniciado el proceso penal contra el Juez Henry Hernán Beltrán Mayorquín , porque Tamayo Palacio quiere demostrar que su condena fue injusta y que el Juez habría incurrido en un prevaricato por acción.

La audiencia de preclusión contra el Juez Henry Hernán Beltrán Mayorquín

El pasado 12 de Mayo de 2017 a las 10 de la mañana se celebró  el Palacio de Justicia de Armenia, audiencia pública presidida por la Honorable Magistrada Claudia Patricia Rey Ramírez, audiencia de preclusión del proceso en donde el señor Carlos Tamayo denunció por Prevaricato por acción al Juez Henry Hernán Beltrán Mayorquín  que lo condenó por injuria y calumnia.

El ente acusador estuvo representado por el fiscal 3ro Delegado ante la fiscalía Dr. Álvaro Jairo Barrera Jaramillo, que es quien solicita la preclusión del proceso.

La defensa del Juez estuvo a cargo del Dr. Jorge Mario Bolívar Tovar, profesional que al mismo tiempo es investigador del abogado defensor del señor Gustavo Alberto Castaño Sarmiento en el caso del Parque Residencial Colombia.

La victima demandante señor Carlos Alberto Tamayo Palacio estuvo representado por el exmagistrado de la Corte Constitucional Dr. Nilson Elías Pinilla Pinilla.

El sr Tamayo adujo que: ‘’La condena fue  porque  Castaño fue encontrado Inocente de Estafa. Probaré que el juez podría haberme declarado inocente por eximente de responsabilidad o haber aplicado  el  381 (más allá de toda duda.),  o haber declarado una prejudicialidad. Demostraré que lo que dicen las vallas por las cuales se me condenó es cierto. ’’

Carlos Tamayo expuso el siguiente argumento como prueba de que el Juez cometió gravísimos errores:

‘’Si es el mismo Juez quien afirma que en la escritura pública No 1195 de constitución de régimen de propiedad horizontal encontró “…sendos errores atribuibles a instancias notariales y registrales  ¿cómo es  posible entonces  que concluya que  “….en la escritura no se advierten vicios…..”…..?

‘’ ¿Acaso la escritura pública No 1195 de Constitución de U.I.C. se la encontró  el Notario tirada en la calle y luego se la pasó al Registrador?  NO, esa escritura pública se la presentó Gustavo Castaño quien figura como otorgante’’.

‘’ ¿Y cómo se entiende  que una falsedad en un documento público en el que están  involucrados un Notario y un Registrador en un posible  prevaricato y que posiblemente fue obtenido mediante  fraude procesal y cohecho sean minimizados por el Juez Beltrán como simples “….errores?’’

‘’ El ciudadano Castaño ya ha estado involucrado en situaciones semejantes y en este caso es el otorgante de la escritura, lo que lo hace aparecer como persona interesadísima  de primer nivel ‘’.

‘’Es que la dicha escritura pública 1195 es el quid, el todo  por el que estamos en esta audiencia, es el motivo por el cual  se han iniciado  procesos que llevan, algunos,  más de siete años con  un desgaste monumental para el Estado en general y para el sistema Judicial  en particular, con decenas de demandas, denuncias,  (algunas de ellas  que ya  ha pasado hasta  por cinco Fiscales de tres Departamentos lo cual las hace  onerosísimas)  que ha requerido la atención  y actuaciones de la Fiscalía General en varias oportunidades, de la Contraloría, de la Procuraduría, de Acciones Populares de unos entes del Estado en contra de otros (Invias vs. Municipio, Concejo) de  contradenuncias, derechos de petición,  incidentes de desacato, de reparación integral, denuncias por más de una decena de delitos en contra de una veintena de funcionarios públicos, puñados de  apelaciones ante  los tribunales y  apelaciones y tutelas ante la Corte en contra hasta de la Dijín y la Fiscalía,  incluyendo tutelas ante la Corte   contra de decisiones   tomadas por esta sala ‘’.

‘’La causa de todos estos procesos no puede minimizarse a  simples “errores” como  lo hizo  el Juez Beltrán’’.

‘’ No estaríamos aquí si el Notario de turno Carlos Alberto Mejía hubiera obrado  apegado a la Ley como se lo obliga su cargo y condición como  garante de la Fe Pública, pues seguramente se hubiera negado a  correr la E.P. 1195 y ésta no hubiera continuado su camino hacia la Oficina de Registro donde otro funcionario le dio con su aprobación un carácter de legalidad que todos los ciudadanos estamos obligados a presumir . »

‘’ Paradójicamente para el juez soy un delincuente calumniador  lo que no es para la fiscalía, que  además de haber acogido desde el 2010  mi denuncia por estafa, le imputó cargos a mi denunciante   Castaño Sarmiento por Estafa Masa y otros graves delitos en contra del Estado ‘’.

‘’Solicito a los Señores Magistrados no aceptar la solicitud de Preclusión solicitada   por el Fiscal Barrera para que  en vez de ello  el Juez Beltrán pueda ser investigado y juzgado’’.

‘’ No se puede seguir alcahueteando las conductas prevaricadoras  de los administradores de Justicia tanto de jueces como de fiscales y hasta magistrados que como vemos a diario tienen que asistir a los despachos judiciales no como personas de bien sino como delincuentes, mandando un pésimo mensaje a la comunidad.’’, Carlos Tamayo

Intervención del exmagistrado de la Corte Constitucional Dr. Nilson Pinilla Pinilla


‘’ Evidentemente, la exposición que acaba de realizar don Carlos Alberto Tamayo Palacio, hace alusión, saliéndose un poco del tema específico de esta audiencia, al convencimiento pleno que él tiene en su interior lego, no es versado en derecho, ha tenido que estudiar mucho esto por su gran valor civil, porque desafortunadamente  somos pocos los Colombianos que nos atrevemos a salir firmes para combatir todas las manifestaciones de corrupción que nos están agobiando, en este caso don Carlos Alberto Tamayo, ha tenido el valor de luchar por su propia causa porque él fue estafado lo digo con pleno conocimiento, a sabiendas de lo que hablo será después y tenía plena razón en fijar en la ventana de su residencia en Caño Cristales un aviso con una dosis de ironía tal vez , pero que de ninguna manera puede ser injurioso, porque allí estaba don Carlos diciendo la verdad, que a él le habían vendido bienes que no eran de propiedad del vendedor , porque eran de propiedad del Municipio de Armenia e inclusive de propiedad actual de Invías porque  fue un territorio que otrora estuvo usado por un ferrocarril, todas estas situaciones llevaron a don Carlos a formular denuncia por prevaricato porque él no entendió, no lo puede entender, frente a la convicción que tiene de haber sido estafado porque le vendieron unos bienes que no eran del vendedor y ve como la decisión judicial se desentiende de la realidad de lo que él estaba expresando y tal vez a partir de unos puntos objetivos, lo calumnia por haber sido el, el que realizó la injuria con en el primer aviso y la supuesta calumnia con el segundo aviso, en  esta  segunda está hablando de estafa porque evidentemente don Carlos y sus vecinos fueron estafados y eso es una realidad y don Carlos tenía la ilusión de que so fuere reconocido por la autoridad.»

»Ahora la fiscalía presenta una solicitud de preclusión, la fiscalía está partiendo únicamente de la base de la dificultad que es probar el dolo y todos acá sabemos que el delito de prevaricato, no solamente requiere el cumplimiento de sus requisitos objetivos en cuanto que sea una manifiesta torsión del derecho, como evidentemente esa sentencia es manifiestamente contraria a derecho porque allí ni hay injuria ni hay calumnia, sino que hay que demostrar el dolo de parte de quien incurrió en ese prevaricato, la fiscalía con todo respeto, hizo nada, por tratar de establecer que la conducta evidentemente es dolosa , partió de una objetividad, reconoció el juez que hay no había la consumación de la estafa y que por lo mismo que se estaba probando una estafa, estaba calumniando, eso fue encontrado acorde a la ley por el Tribunal  en la decisión de segunda instancia y luego la Corte Suprema de Justicia inadmitió la demanda de casación, pero que bueno que la fiscalía hubiere invertido un poco de su actividad, de su capacidad de obrar, de no quedarse en la apariencias y hubiere tratado de establecer que si hubo dolo en la decisión del Juez Beltrán Mayorquin manifiestamente contrario a derecho. Por estas razones, señoras Magistradas, señor Magistrado yo le ´pido a la Honorable Corporación, que no acepte la solicitud de preclusión y que invite a la fiscalía a que cumpla con su deber profundizando en la averiguación y la demostración del dolo, que no es sencilla penetrar en la siquis de cada quien, no es sencillo, pero la verdad, los yerros en que incurre el Juez Beltrán Mayorquin son tan ostensibles, que llevan a una persona lega como don Carlos Alberto a pensar que hay algo más…’’

» No podemos pensar que los servidores Judiciales no se equivoquen en sus decisiones para tener decisiones totalmente acordes a derecho siempre, tendrían que los servidores Judiciales ser infalibles y eso es contrario a la esencia humana, si queremos una Justicia siempre certera  le tendríamos que pedir a Dios a que venga a administrar Justicia en nuestro País, pero la fiscalía no debía de salirse por la vía de menor resistencia, de decir simplemente aquí no hay delito de  prevaricato, sino, debía mirar cuales fueron las motivaciones no ostensibles que pudo tener el Juez Beltrán Mayorquin para concluir en una determinación, encontrando injuria donde ostensiblemente no la hay , no puede ser constitutivo de injuria colocar un aviso en la ventana de su inmueble diciendo lo real y es que le habían vendido a don Carlos Alberto Tamayo por parte particularmente Gustavo Alberto Castaño Sarmiento un predio que no era de propiedad del urbanizador, eso es clarísimo , está avanzando la acción penal , que dará lugar tarde o temprano a que se ejerza una acción de revisión por las pruebas nuevas que sobrevendrán de cuando se acredite que si se cometió estafa por parte de Gustavo Alberto Castaño Sarmiento, eso será posterior , ya veremos lo que se manifieste cuando esa determinación de la consumación de la estafa se muestre ostensible y por lo tanto darle ocasión a que un ciudadano de bien como es mi representado en este caso, quiero hacer una aclaración, mi representado que  ha quedado absolutamente en la ruina , sobra decirlo a la Honorable Sala de Decisión , no estoy percibiendo un solo centavo de honorarios porque no los tiene el señor Carlos, estoy simplemente guiado por un deseo de que haya justicia y por un deseo de que haya más Colombianos como el, que reaccionemos frente a la corrupción, que la denunciemos y que ojalá no venga a resultar que tener el valor civil, que tener la superación de la pusilanimidad de evidenciar lo que ha sido cometido por unos urbanizadores ilegales, termine en que la víctima es responsable de un supuesto delito de injuria y un supuesto delito de calumnia  que ostensiblemente no cometió, por eso yo me opongo a la solicitud de preclusión que ha presentado la fiscalía y quiero invitar al señor fiscal  a que cumpla su deber más allá de las apariencias y que mire si realmente detrás de la conducta del Juez Beltrán Mayorquin hay una prevaricación, yo no descarto que el Juez Beltrán Mayorquin se haya podido equivocar, pero si le encuentro toda razón a mi asistido como víctima a sentirse estafado y cuando esa situación no le es reconocida, por el contrario se vienen en contra de él con una aducción de injuria y calumnia inexistentes…’’

‘’ Me opongo, lo reitero, a la solicitud de preclusión le rogaría al distinguido Tribunal que de esa misma manera invite a la fiscalía a que profundice en lo acaecido y después se verá en que donde y de qué manera concluye esta acción penal por prevaricato ‘’

La realidad de hoy

Este 23 de mayo de 2017, la realidad es la siguiente:

  • El Instituto Geográfico Agustín Codazzi del Quindío ha sido la única institución sólida en el conocimiento para garantizar los derechos de las víctimas y ratificar que efectivamente el Parque Residencial Colombia es una Urbanización abierta, razón por la cual a la fecha continua siéndolo de conformidad con varias consideraciones legales desde el punto de vista jurídico.
  • El proceso del Parque Residencial Colombia avanza muy a pesar de las talanqueras y todo lo que se ha intentado por parte de la defensa de Castaño Sarmiento por evitar que la justicia cumpla su cometido para que las victimas tengan más credibilidad en los procesos y entiendan que la Justicia cojea pero que llega, llega.
  • El proceso penal en contra de Gustavo Alberto Castaño Sarmiento inició el 29 de Abril de 2010 y seguirán de la siguiente manera: el 21 de Junio de 2017 se va a realizar la audiencia de acusación por estafa agravada modalidad delito masa, el 30 de Junio 2017 se realizará audiencia de acusación por los delitos de Urbanización ilegal y daño en recursos naturales y el 30 de Agosto 2017 se llevará a cabo en un Juzgado Administrativo la audiencia en el proceso de nulidad absoluta de la escritura No 408 de constitución de unidad inmobiliaria cerrada Cabo de la Vela del Parque Residencial Colombia.
  • Se sobreviene un nuevo proceso penal contra una fiscal y su auxiliar por haber introducido para la época de los hechos, una prueba presuntamente falsa, con la que muy seguramente habrían condenado a don Carlos Alberto Tamayo Palacio por injuria y calumnia, la denuncia penal ya fue radicada y asignada a una fiscalía. Resulta muy curioso saber que en los diferentes conjuntos residenciales del Parque Residencial Colombia, viven o son propietarios grandes personalidades como fiscales, funcionarios por elección popular, funcionarios públicos nombrados o contratistas, empresarios privados, etc etc y ninguno se pronuncia públicamente, solo un puñado de valientes liderados por don Carlos Alberto Tamayo Palacio ha dado la cara exponiendo no solo su patrimonio económico, sino, su libertad.
  • La decisión de la audiencia de preclusión , por la denuncias contra el Juez Henry Hernán Beltrán Mayorquín , será el próximo 16 de Junio a las 10 am.

Este proceso penal tendrá en muy poco tiempo, grandes repercusiones en otros personajes de la vida pública.